Accidentes de tránsito le cuestan RD$60,000 millones al Estado dominicanoOsiris Mota afirma instituciones públicas afectadas deben exigir indemnización a las aseguradoras
Los accidentes de tránsito no solo cobran vidas, sino que dejan daños materiales a terceros. El Estado dominicano está dentro de los más perjudicados.
Los postes eléctricos, las barreras de seguridad en las carreteras, las cuales son esenciales para la seguridad vial y muros centrales, son algunas de las obras del Estado que salen más afectadas por los accidentes de tránsito.
Según los datos del Plan Estratégico Nacional para la Seguridad Vial de la República Dominicana (PENSV) 2017-2020, el costo social de las muertes anuales por accidentes de tránsito se estima que tiene un impacto equivalente al 2.21% del PIB anual, sin considerar el impacto de los accidentados del tránsito que resultan con discapacidad total o parcial.
El vicepresidente ejecutivo de Seguros Reservas, Osiris Mota, afirma que los accidentes de tránsito le cuestan al Estado RD$60,000 millones en pérdidas al año, debido a que cada vez que un dominicano accidentado llega a un hospital público o cuando un camión destruye las barreras de seguridad de las carreteras, un poste de luz o un semáforo, el Estado dominicano asume los costos.
“Cuando se suman todas esas eventualidades y todos esos costos, el número es bastante grande y, lamentablemente, quienes lo pagan somos los dominicanos con los impuestos y no es correcto, sino que se debe comenzar a regularizar y las personas deben pagar los daños a terceros”, sostuvo.
Mota recuerda que el Código Civil, en su Artículo 1382, establece que todo el que hace daño a terceros tiene responsabilidad de pagarlo, pero que en el país corre por el Estado.
“Las instituciones que salen afectadas no demandan a las personas o empresas que le provocan esos daños y deben de hacerlo. Seguros Reservas está dispuesto a pagar el daño que nuestros clientes provocan a terceros y lo hemos hecho, pero el Estado no tiene mecanismos para demandar y reclamar aquellos que producen pérdidas a sus propiedades y el Estado está obligado a hacerlo porque esas propiedades son de todos los dominicanos”, dijo.
En ese sentido, el gerente general del Centro del Automovilista, Luis Torres, asegura que las pólizas de los vehículos de motor cubren los daños a terceros, a las propiedades y el daño físico, por lo cual, cualquier propiedad que se vea afectada por un accidente de tránsito, la víctima está en el derecho de hacer su gestión ante la compañía de seguros, la cual debe resarcir los daños.
Explica que en el caso de los poste de luz de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste) que han sido afectados, un abogado de esa institución ha realizado una declaración, en la cual establece los daños hechos a la propiedad, y con esa acta levantada, la compañía ha solicitado una indemnización a la aseguradora por los daños causados.
“La compañía tiene que presentar su presupuesto y la documentación que soporte el derecho de propiedad sobre ese bien, porque no solamente se pagan los daños a los carros, sino que las viviendas, una propiedad del Estado o cualquier daño a la propiedad ajena, es obligatoriedad de las compañías de seguros indemnizar a la víctima”, dice.
Torres afirma que el Estado tiene todo el derecho de realizar una reclamación a una compañía de seguros que representa al conductor que causó el daño. Señaló que han recibido muchos casos donde Edeeste ha realizado reclamaciones por daños causados a sus propiedades y las aseguradoras han tenido que resarcir esos daños.
“La ley obliga a los conductores a tener un seguro para garantizar la indemnización de las víctimas y los daños de terceros y en caso de que la compañía de seguros se niegue a resarcir esos daños, el tercero tiene la vía de los tribunales y que una sentencia obligue a la aseguradora a pagar”, resaltó.
Código Civil dominicano
Capítulo II. De los delitos y cuasidelitos.
Art. 1382.- Cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño, obliga a aquel por cuya culpa sucedió, a repararlo.
Art. 1383.- Cada cual es responsable del perjuicio que ha causado, no solamente por un hecho suyo, sino también por su negligencia o su imprudencia.
Art. 1384.- No solamente es uno responsable del daño que causa un hecho suyo, sino también del que se causa por hechos de las personas de quienes se debe responder, o de las cosas que están bajo su cuidado. El padre, y la madre después de la muerte del esposo, son responsables de los daños causados por sus hijos menores, que vivan con ellos. Los amos y comitentes, lo son del daño causado por sus criados y apoderados en las funciones en que estén empleados. Los maestros y artesanos lo son, del causado por sus discípulos y aprendices, durante el tiempo que están bajo su vigilancia. La responsabilidad antedicha tiene lugar, a menos que el padre, la madre, los maestros y artesanos, prueben que les ha sido imposible evitar el hecho que da lugar a la responsabilidad.
Art. 1385.- El dueño de un animal, o el que se sirve de él por el tiempo de su uso, es responsable del daño que ha causado aquel, bien sea que estuviese bajo su custodia, o que se le hubiera extraviado o escapado.
Art. 1386.- El dueño de un edificio es responsable del daño que cause su ruina, cuando ha tenido lugar como consecuencia de culpa suya o por vicio en su construcción.
Conduce sin carné y borracho por «problemas sentimentales»
Capítulo II. De los delitos y cuasidelitos.
Art. 1382.- Cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño, obliga a aquel por cuya culpa sucedió, a repararlo.
Art. 1382.- Cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño, obliga a aquel por cuya culpa sucedió, a repararlo.
Art. 1383.- Cada cual es responsable del perjuicio que ha causado, no solamente por un hecho suyo, sino también por su negligencia o su imprudencia.
Art. 1384.- No solamente es uno responsable del daño que causa un hecho suyo, sino también del que se causa por hechos de las personas de quienes se debe responder, o de las cosas que están bajo su cuidado. El padre, y la madre después de la muerte del esposo, son responsables de los daños causados por sus hijos menores, que vivan con ellos. Los amos y comitentes, lo son del daño causado por sus criados y apoderados en las funciones en que estén empleados. Los maestros y artesanos lo son, del causado por sus discípulos y aprendices, durante el tiempo que están bajo su vigilancia. La responsabilidad antedicha tiene lugar, a menos que el padre, la madre, los maestros y artesanos, prueben que les ha sido imposible evitar el hecho que da lugar a la responsabilidad.
Art. 1385.- El dueño de un animal, o el que se sirve de él por el tiempo de su uso, es responsable del daño que ha causado aquel, bien sea que estuviese bajo su custodia, o que se le hubiera extraviado o escapado.
Art. 1386.- El dueño de un edificio es responsable del daño que cause su ruina, cuando ha tenido lugar como consecuencia de culpa suya o por vicio en su construcción.
La Guardia Civil le acusa de un supuesto delito contra la seguridad vial
Tan solo una semana. Eso es lo que le faltaba a un hombre que ha sido acusado de un supuesto delito contra la seguridad vial para poder hacer el examen teórico de conducir. La Guardia Civil lo interceptó al volante conduciendo bajo los efectos del alcohol por, según alegó, «problemas sentimentales», recoge Ep. Los hechos transcurrieron en un control ubicado en la carretera AC - 14, en La Coruña. El ahora acusado, al percatarse de la presencia de los agentes, decidió parar en el arcén, algo que llamó la atención de los guardias civiles. Dos de ellos se acercaron al vehículo para preguntarle qué le ocurría y pedirle su documentación. La sorpresa llegó cuando el hombre les aseguró que carecía de permiso de conducir, pero que había pedido cita y, en apenas una semana, podría hacer el examen teórico. Ante las declaraciones del conductor, los agentes decidieron hacerle la prueba de alcoholemia, que resultó positiva - 0,35 mg/l, cuando lo mínimo son 0,25 mg/l -.
La Guardia Civil, después de presenciar los hechos, procedió a investigar a este conductor como presunto autor de un delito contra la seguridad por conducir sin tener el pertinente permiso y a confeccionar un boletín de denuncia por supuesta infracción a la Ley de Seguridad Vial, al conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, apunta Ep. El investigado, junto con las actuaciones realizadas, ha sido puesto a disposición del juzgado de Instrucción de guardia de La Coruña.
Por otro lado, la propia Guardia Civil ha recordado que la conducción de un vehículo sin haber obtenido nunca ningún permiso para ello «conlleva pena de prisión de tres a seis meses, multa de doce a veinticuatro meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta a noventa días». Además, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de Galicia desaconseja completamente el consumo de bebidas alcohólicas si se va a conducir, puesto que reduce, de manera significativa, «los reflejos y la concentración».
Así son y funcionan los radares anti-frenazo de la DGT
La velocidad inadecuada o excesiva es factor concurrente en uno de cada tres accidentes mortales en las carreteras españolas
La Dirección General de Tráfico (DGT) lucha cada día para reducir los excesos de velocidad y los accidentes de tráfico provocados por esta infracción contra la seguridad vial. Por este motivo, está probando en Navarra los nuevos radares anti-frenazo, un tipo de cinemómetros que nace ante la necesidad de frenar el comportamiento de los conductores en carretera ya que son muchos los que reducen la velocidad cuando saben dónde están localizados los radares en cascada y, tras pasarlos, vuelven a acelerar.
Desde Pyramid Consulting explican este «procedimiento»: «En lugar de colocar el dispositivo después del radar fijo, se coloca unos metros antes del punto de control. De esta manera, el radar registrará la velocidad real a la que circula un vehículo, sin que haya frenado previamente para adecuarse a las indicaciones de la vía».
Este nuevo tipo de radar se une a los más de mil operativos que tiene la DGT para vigilar la velocidad en las carreteras, repartidos en autopistas, autovías y carreteras convencionales. En total, tiene controlados como peligrosos en torno a 1.500 tramos, lo que significa un total de alrededor de 25.000 kilómetros de nuestra red de carreteras. Más de cerca, se trata de cerca de 600 radares fijos, 62 de tramo, más de 500 móviles -que van cambiando de ubicación-, 60 velolaser y 12 Pegasus.
Concretamente, en función de su colocación, estos son los distintos tipos de cinemómetros:
-Pórticos: Estos equipos suelen ser radares propiamente dichos: una antena emite una señal, esta «rebota» contra el vehículo en movimiento y regresa a la antena. La variación producida en la frecuencia de la onda permite al radar calcular la velocidad del vehículo en ese instante. Son equipos automáticos, no precisan operador.
-Postes: En su mayoría son del tipo radar, pero también los hay del tipo láser. Ubicados en el lateral de la vía.
-Cabinas laterales: Pueden ser radares y cinemómetros láser. Estos últimos «disparan» varios haces de luz transversales a la calzada. Cuando un vehículo en movimiento los interrumpe, el dispositivo calcula su velocidad. Ambas tecnologías pueden controlar varios carriles en un mismo sentido de la circulación.
-Vehículos: Instalados en vehículos patrulla, son operados por agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y de las policías locales, y pueden ser utilizados tanto en estático como en movimiento.
-Trípode: Situados en el margen la vía y operado por agentes.
-De tramo: Constan de dos o más cámaras de visión artificial con sincronismo horario. Situadas en ambos extremos de un tramo de carretera de varios kilómetros, reconocen las matrículas de cada vehículo al principio y fin del tramo y calculan su velocidad media, sancionando a los que superan el límite de tramo. Este tipo de radares registran velocidades medias mantenidas, no puntuales. Desde 2015 también operan en carreteras secundarias. Actualmente hay 62 radares de tramo operativos.
-Pegasus: Doce helicóteros equipados con el radar «Pegasus» vigilarán este verano las carreteras desde el aire, en coordinación con los Centros de Gestión y la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. El año pasado, los helicópteros de la DGT realizaron 3.370 horas de vuelo de vigilancia, controlaron a 67.400 vehículos y detectaron cerca de 20.000 infracciones, las más frecuentes fueron los excesos de velocidad, pisar marcas longitudinales continuas y no mantener la distancia de seguridad entre vehículos. Respecto a las denuncias por velocidad, la máxima captada por un Pegasus fue a 263 km/h. En todo el año, 120 vehículos fueron detectados circulando por encima de 200 km/h.
Renovar el parque y mejorar la infraestructura: prioridades de la Alianza por la Seguridad Vial en España
También entre los ejes estratétigos de esta iniciativa está mejorar la formación de los nuevos conductores y prestar más atención a las nuevas formas de movilidad
En los últimos años, la seguridad vial se ha convertido en uno de los valores fundamentales que más ha preocupado a usuarios, empresas e instituciones públicas. Según datos recientes aportados por la Dirección General de Tráfico (DGT), los accidentes de tráfico han sido los responsables de 1.098 fallecimientos en 2019. En diciembre de 2019, un total de 100 personas perdieron la vida en las carreteras. Una cifra alarmante que pone de manifiesto la necesidad de la creación de un marco de colaboración entre instituciones, empresas del sector y usuarios, para trabajar de manera conjunta.
Bajo esta premisa, se constituye la Alianza por la Seguridad Vial. Una acción impulsada por la Asociación de ex Diputados y ex Senadores por iniciativa de D. Teófilo de Luis, ex presidente de la Comisión de Seguridad Vial del Congreso. Por este motivo, el Congreso de los Diputados ha acogido esta semana en la sala SERT, la primera reunión de dicha iniciativa con el objetivo de reducir los riesgos por siniestralidad en las vías públicas españolas.
Este proyecto, pionero en nuestro país, cuenta con la participación de un total de 22 entidades firmantes: Cariotipo, Repsol, Caser Seguros, ALSA, CEA (Comisionado Europeo del Automóvil), Fesvial, Real Automóvil Club de España (RACE), Plataforma Ponle Freno, AECA- ITV (Asociación De Entidades Para La Inspección Técnica De Vehículos De La Comunidad De Madrid), Confebus, VOI, ANFAC (Asociación Española de Fabricantes de Automóviles y Camiones), BlaBlaCar, Motor 16, AESLEME (Asociación por la prevención de accidentes de tráfico y ONG de atención a víctimas de accidentes), CNAE (Confederación Nacional de Autoescuelas), GANVAM (Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios, con servicios especializados y exclusivos para sus asociados), ANESDOR (Anesdor Asociación Nacional de Empresas del Sector de Dos Ruedas), Netum Solutions, Connected Mobility HUB, Cable Energía, FETEVI (Federación Estatal de Técnicos de Educación Vial) y Dräger.
La fórmula de trabajo en la que establecer los ejes de acción que ayuden a definir las mejoras para promover la seguridad vial, se basará en la realización de reuniones periódicas en las que establecer los ejes de acción que ayuden a definir las mejoras para promover la Seguridad Vial. La adecuada atención para la prevención y el riesgo, así como el auxilio a las víctimas y sus familias, serán otras líneas de acción que han marcado la agenda de esta primera reunión de trabajo.
Líneas de actuación de la Alianza
La voluntad de los miembros de la Alianza por la Seguridad Vial es trabajar en la promover iniciativas que mejoren la formación de los nuevos conductores, la renovación del parque móvil y las nuevas formas de movilidad, y así contribuir a la reducción de accidentes. Para ello, se han establecido tres ámbitos de actuación:
1) Los usuarios. Tanto peatones como conductores han de involucrarse como responsables y por ello es necesaria la atención en:
-La adecuada capacitación de los conductores.
-El impulso a la formación de todos los usuarios y por ello a la colaboración de los no conductores.
-Apoyo a las víctimas y sus familiares, así como la necesaria atención a los más vulnerables.
-En el caso de conductores profesionales, transporte de viajeros y transporte en general, impulsar las medidas necesarias para una conducción segura.
-El desarrollo de campañas de concienciación encaminados a un mejor uso de las vías por parte de todos los usuarios.
2) Los vehículos. Al constituir elementos fundamentales en las vías de circulación y en ocasiones determinante de la seguridad en las mismas, parece conveniente:
-Regular con carácter general, según el ámbito competencia, el uso de las nuevas modalidades de transporte estableciendo entre otros aspectos vías para su circulación.
-Mejorar la eficacia de los controles para asegurar el adecuado estado de los vehículos que circulan por nuestras vías.
-Poner en marcha un plan de renovación del parque móvil más antiguo en beneficio de la seguridad y la conservación medioambiental.
3) Las vías de circulación. Como espacio físico compartido por peatones y conductores debe ser objeto de atención y por ello es oportuno:
-Mejorar el trazado y los elementos de seguridad en nuestras vías previo análisis técnico en aquellos tramos con mayor riesgo o más accidentalidad.
-Mantener una política realista que permita la conservación adecuada de nuestra importante red.
-Revisar, en las labores de conservación, la idoneidad de la señalización en beneficio de los usuarios.
La constitución de esta Alianza implica, en definitiva, la voluntad de aportar experiencia y conocimiento para el análisis de los problemas y establecer una hoja de ruta que de respuesta y soluciones en beneficio de la Seguridad Vial en España y Europa.
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